Decalogo Del Abogado

Published on January 2017 | Categories: Documents | Downloads: 80 | Comments: 0 | Views: 364
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AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

DECALOGO DEL ABOGADO

Estudia. El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás
cada día un poco menos abogado.

Piensa. El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando. Trabaja. La abogacía es una dura fatiga pues está al servicio de la Justicia. Lucha. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el
derecho con la justicia, lucha siempre por la justicia.

Sé leal. Leal con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas
que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú le dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tú le invocas. Intenta ser leal con todo el mundo y todo el mundo intentará ser leal contigo.

Tolera. Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea
tolerada la tuya.

Ten paciencia. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración. Ten fe. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia
humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz, como sustituto bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, Justicia, ni Paz.

Olvida. La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando
tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

Ama a tu profesión. Trata de considerar la abogacía de tal manera que el
día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.

CONCEPTO DE DERECHO

AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
1. Es un sistema normativo de regulación de la conducta social, producido y garantizado coactivamente por el poder político de una autoridad soberana, que facilita y asegura la convivencia o cooperación social, y cuya validez (obligatoriedad) está condicionado por los valores jurídicos y éticos de los cuales es generador y portador, respectivamente, en un momento y lugar histórico determinado. 2. Es el conjunto de normas jurídicas imperativas y atributivas (esto implica que es derecho y obligaciones), con la finalidad de hacer, no hacer y tolerar. 3. Es un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas-integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible son normalmente cumplidas por los particulares y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder jurídico. 4. Es un sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerar las soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica. 5. Es el agente garantizador de la paz entre los hombres, del orden social, de la libertad de la persona, el defensor de sus posesiones y su trabajo, el órgano que ayuda a llevar acabo grandes empresas y realizar importantes ideales, cuya puesta en práctica no sería posible sin intervención jurídica. 6. El derecho se reduce a regular las acciones externas de los hombres y a hacer posible su coexistencia. Lo define como: El conjunto de las condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el arbitrio de los demás, según una Ley universal de libertad. 7. El derecho se atribuye el monopolio de la fuerza, al definir al derecho como un orden de coacción, su función esencial es la de reglamentar al empleo de la fuerza en las relaciones entre los hombres. El derecho fija en qué condiciones y de qué manera un individuo puede hacer uso de la fuerza con respecto a otro. 8. Derecho es para cada sujeto aquellas reglas en las que el Commonwealth le ha ordenado de forma oral, escrita o a través de otro signo de la voluntad para que este haga uso de la distinción entre lo correcto e incorrecto, es decir, de lo que es contrario y lo que es conforme a la regla. 9. El derecho en sentido lato es el subsistema social que está especializado en la estabilización de las expectativas de comportamiento y el derecho en sentido estricto son todas aquellas interacciones que no sólo se orientan por el derecho (en el sentido lato), sino que también se enderezan, a producir nuevo derecho y a reproducirlo como derecho. 10. El derecho es un conjunto de normas o preceptos de conducta cuya existencia y efectividad son indispensables para la solidez y a armonía de las relaciones sociales. Dictados que surgen espontánea o deliberadamente de la vida en común y cuya vigencia está garantizada por el poder coercitivo del Estado. El derecho no es un fin en sí mismo sino un medio emanado de la sociedad para mantener un equilibrio entre los hombres y proveer a la realización de un ideal de justicia. 11. El derecho es la voluntad de la clase dominante erigida en ley.

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