El Norteamericano Edwin Hardin Sutherland

Published on February 2017 | Categories: Documents | Downloads: 51 | Comments: 0 | Views: 288
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El norteamericano Edwin Hardin Sutherland, expuso la teoría de “La Asociación Diferenciada”
en 1939 y completada en 1947 en su obra “Principios de Criminología” donde expone su “tesis a
todas las formas de conducta criminal”.
La propuesta de explicación de la “conducta criminal” hecha por Edwin H. Sutherland
responde a los planteamientos de la “Ecología Social” realizada por la famosa Escuela de
Chicago y la misma surge en este contexto intelectual.
Para los Ecólogos Sociales la conducta desviada debe ser entendida como delincuencia y crimen
en las “áreas marginales” de las grandes ciudades de los EUA.
Como consecuencia de la “lucha por el espacio y por la posición ecológica” de los migrantes
debido a una “desorganización normativa” lo que significaba una total falta de normas, y
además por los desplazamientos de la “invasión y sucesión” de una población desde un “centro
a una periferia”; es decir, el cambio de un hábitat a otro hábitat lo cual generaba tensiones y
comportamientos desviados cuyo origen serían los factores socio-culturales y étnicos.
Edwin H. Sutherland llegó a una concepción diferente relacionada como la idea de una
sociedad estadounidense muy diferente y muy heterogénea porque estaba formada por muchos
grupos sociales diversos donde cada uno de ellos tenía sus normas y por lo tanto los muchos
comportamientos no deberían ser considerados como desorganizados o anómicos, sino como
“coherentes” y fácil de explicar. Además, llegó a sostener que las personas se vuelven
“delincuentes o criminales” por un proceso que él llamó “Asociación Diferencial”:
Consistente en el aprendizaje que hace la persona cuando se relaciona con comportamientos
“pro-criminales” y “anti-criminales”, ante lo cual, se opta por la conducta desviada como
consecuencia de la “interacción con otras personas en un proceso de comunicación”, en
especial en el llamado “proceso de socialización” cuando el nuevo sujeto se integra a la sociedad
según:
“La frecuencia, la duración, la prioridad y la intensidad” de la llamada asociación diferencial:
“Una persona se hace delincuente por un exceso de definiciones favorables a dicha violación”.
Sostiene E. Sutherland nueve criterios afirmativos, para sostener su teoría:
1) “La conducta criminal es aprendida;
2) Las conductas criminales se aprenden en interacción con otras personas, en un proceso de
comunicación;
3) La parte principal del aprendizaje de las conductas criminales ocurren en un marco de
grupos personales íntimos;

4) Cuando se aprenden las conductas criminales, el aprendizaje incluye: a) técnicas de
comisión del delito, que a veces son muy complicadas y a veces muy simples, y b) la dirección
específica de los motivos, impulsos, racionalizaciones y actitudes;
5) La dirección específica de los motivos e impulsos es aprendida a partir de definiciones de
los códigos legales como favorables o desfavorables;
6) Una persona deviene delincuente como resultado de un exceso de definiciones favorables a
la violación de la ley sobre las definiciones desfavorables a su violación;
7) Las asociaciones diferenciales pueden variar en frecuencia, duración, prioridad e
intensidad;
8) El proceso de aprendizaje de las conductas criminales por asociación con patrones
criminales y anticriminales implica todos los mecanismos que están presentes en cualquier
proceso de aprendizaje, y
9) Mientras que la conducta criminal es una expresión de necesidades y valores generales,
ella no puede ser explicada por esas necesidades y valores, puesto que conductas no criminales
son también una expresión de las mismas necesidades y valores”.
Esta propuesta es una combinación de proposiciones tomadas de la Psicología con la Sociología
y descarta los factores o las influencia de la economía, pero también rechaza los factores
patológicos sean estos de origen psicológicos y sociológicos, pero en cambio le da mucha
importancia la socialización por el papel que juega la familia y el barrio (The family and the
slum) en la conducta desviada de las clases sociales inferiores, pero no dice nada del
comportamiento de las clases superiores, lo que causa sorpresa, pues es, el mismo E.
Sutherland quien fue el primero en denunciar “El Delito de Cuello Blanco” en su famoso
discurso dado en la “Asociación Sociológica Estadounidense” en 1939.
La teoría del “crimen del cuello blanco” planteada por E. Sutherland en su libro “the white
collar crime” constituyó una verdadera revolución en el pensamiento criminológico mundial
por la existencia y demostración de otro tipo de delito y/o crimen, pero cometido por algunos
miembros de las clases altas de la sociedad como gerentes, profesionales y/o ejecutivos quienes
teniendo “respetabilidad pública”, buena posición social y libre de toda sospecha delictiva
llegan al delito.
En la sociedad se dice: “no es un gánster ni está amparado por una mafia”, pero cometen
muchos fraudes y perjuicios económicos y cuya tipología criminológica no había sido tomada
en cuenta en la literatura especializada, lo cual produjo un gran cambio en los paradigmas
tradicionales criminológicos que sólo hacían recaer el delito y el crimen en los miembros de las
clases sociales bajas de la sociedad.

Aunque ya en los años 20 los investigadores Clifford Shaw y Henry Mckay habían observado
que en ciertos barrios de Chicago la característica era mantener una “alta tasa de criminalidad”,
a pesar de que estaban poblados por grupos étnicos de migrantes, que llegaban y luego se
cambiaban a otro sector de la cuidad; sin embargo, se continuaba con la criminalidad por causa
de un proceso de aprendizaje debido a la enseñanza por parte de los antiguos residentes a los
nuevos, especialmente en los grupos juveniles algunos de los cuales eran pandilleros, valiosa
información sociológica que sirvió de soporte teórico al norteamericano Edwin H. Sutherland
para proponer su Teoría de la Asociación Diferenciada; por otro lado debo indicar la
importancia para este autor, la utilización de cuadros estadísticos y los datos económicos para
cuantificar en términos monetarios los diversos delitos de cuello blanco.

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