“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación ”
REGLAMENTO
INTERNO
“LUZ DIVINA DE LOS ANDES”
COTAHUACHO CENTRO
DISTRITO - PACUCHA
- 2015 -
PRESENTACIÓN
El presente reglamento interno de la Institución Educativa
Inicial Nº 270 “Luz Divina de los Andes”
de la comunidad de
Cotahuacho, comprensión del distrito de Pacucha, provincia de
Andahuaylas,
región Apurímac; es un documento que norma la
organización, ejecución de las actividades Técnico Pedagógicos
Administrativo de la Directora, docente, padres de familia, comunidad y
niños(as) en general, con el propósito de normar y regular la buena
marcha Institucional de la Institución Educativa y por ende superar los
problemas que aquejan a la Institución.
“Año de la Diversificación Productiva y del
Fortalecimiento de la Educación
Cotahuacho, Enero 2015.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-2015-IEI Nº 270- C-UGEL-A.
Visto, el Reglamento Interno formulado por la Directora – Docente y miembros de la Asociación
de Padres de Familia; de la Institución Educativa Inicial Nº 270 “LUZ DIVINA DE LOS ANDES” de
Cotahuacho Centro, Jurisdicción del Distrito de Pacucha, Provincia de Andahuaylas, encargados de
elaborar dicho documento;
CONSIDERANDO:
Que, es imprescindible contar con un instrumento de Gestión Administrativa que norma y regula
el funcionamiento de la institución en el marco del PEI, a fin de garantizar un eficiente servicio a la
comunidad;
Estando a lo opinado por las actuales en la elaboración del presente reglamento y de
conformidad a la Ley General de Educación Nº 28044, el D. S. Nº 0013-2004-ED, Reglamento de la
Educación Básica Regular, R.M. Nº 0622-2011-ED, Directiva para el desarrollo del año escolar 2014 en
las instituciones educativas de Educación Básica y Técnico Productiva.
Que, estando a lo acordado por la comisión especial, miembros de APAFA, integrantes de los
padres de familia y los dispositivos vigentes;
SE DECRETA:
PRIMERO.- APROBAR el presente Reglamento Interno de la Institución Educativa Inicial Nº
270 ”Luz Divina de los Andes” de Cotahuacho, del Distrito de Pacucha, que consta de XIV Capítulos, 55
Artículos y I Disposición Final, norma que regula el funcionamiento organizativo, administrativo y
pedagógico de la Institución Educativa y los actores educativos.
SEGUNDO.- ENCARGAR a la Directora del jardín hacer cumplir e implementar el presente
reglamento;
TERCERO.- COMUNICAR a la UGEL-A, niños y niñas de ambos sexos y padres de familia la
aprobación del presente documento para su debido cumplimiento; y
CUARTO.- DEJAR sin efecto todo documento administrativo del año anterior que se oponga al
presente reglamento.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.
Atentamente;
………………………….………………
Prof. Lucy Pichihua Quispe
Dir. (e) I.E.I. Nº 270 C.P.
CAPITULO I
DEL REGLAMENTO INTERNO
Art. 1º. El reglamento interno, es un documento que rige y norma el funcionamiento
de la institución.
Art. 2º. Objetivos:
a. Promover el desarrollo integral de los niños (as) y procurar la atención de
salud, alimentación y recreación.
b. Prevenir, descubrir y tratarlo oportunamente los problemas de orden
biopsicosocial.
c. Contribuir a la integración de la familia y la comunidad.
Art. 3º. Bases Legales:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Constitución Política del Perú.
Ley general de Educación Nº 28044.
Ley del profesorado Nº 24029 y su modificatoria Nº25212
Ley de la carrera Pública Magisterial Nº 29062
Decreto supremo Nº01-83-ED.
Reglamento de organización y funciones D.S Nº004-93-ED
D.S Nº 95-84-E.D reglamento de centros educativos D.S. Nº 001-83-E.D
Ley Nº 28628 ley de participación de las Asociaciones de los padres de familia
en las Instituciones Educativas.
Art. 4º. Alcance. Los dispositivos contenidos del presente reglamento serán
cumplidos por la directora, docentes, autoridades, padres de familia y educandos.
Art. 5º. Vigencia. El presente reglamento interno será vigente durante el año escolar
del 2015.
CAPITULO II
DATOS GENRALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
2.1. DATOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
NUMERO
LUGAR
DISTRITO
PROVINCIA
REGIÓN
NOMBRE DE LA DIRECTORA
DOCENTE
AÑO LECTIVO
UGEL
: 270 “LUZ DIVINA DE LOS ANDES”
: Cotahuacho
: Pacucha
: Andahuaylas
: Apurímac
: Prof. Lucy PICHIHUA QUISPE.
: Prof. Lucy PICHIHUA QUISPE.
: 2015
: Andahuaylas
2.2. FINES. Tiene por finalidad lograr, desarrollar y mejorar una administración
educativa eficiente.
2.3. OBJETIVOS. Lograr el desarrollo social, cultural, lengua quechua y español de
la población y comunidad en general.
2.4. FUNCIONES GENERALES.
La institución educativa es el órgano de ejecución de la unidad de gestión
educativa local de Andahuaylas.
La directora de la I.E.I. es la máxima autoridad de la institución quien la ejerce
sobre los demás órganos que integran y sobre todas las actividades y
proyectos que organice y ejecute.
2.5. ESTRUCTURA ORGÁNICA:
Personal directivo y docente (01)
Niñas niños (21)
Miembros del consejo directivo de APAFA (06)
Padres de familia (20)
CAPITULO III
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS Y MIEMBROS QUE LO INTEGRAN.
Art. 6º. Órgano de dirección. La directora es directa responsable de la marcha
académica, administrativa de la IE.
3.1. Son funciones de la directora:
Ser la máxima autoridad y representar legalmente a la Institución Educativa,
es responsable de la gestión, (Art. 68 Ley General de Educación).
Convocar a reuniones para tratar asuntos de interés de la Institución en los
ámbitos pedagógicos, institucional y administrativo.
Conducir a la institución de conformidad con lo establecido en el (art. 68 de la
Nueva Ley General de la Educación).
La entrada a la institución educativa es 08:00 am hasta las 08:30 am, a partir
de las 08:30 am se considerará tardanza, 03 tardanzas será una falta, a partir
de 09:00 am se considerará falta.
Autorizar los permisos de acuerdo a la Ley del profesorado.
Organizar la universalización de la matricula oportuna y permanente.
Planificar, organizar los recursos y servicios prestados.
Convocar e incidir las reuniones.
Promover la reunión de los padres de familia
Formular el cuadro de las necesidades
Formular, coordinar y ejecutar el plan anual de trabajo con la participación del
consejo directivo de PP.FF y la colaboración de la comunidad en general.
Presidir las reuniones técnico – pedagógico.
Rendir anualmente sus gestiones.
Hacer cumplir las directivas emanadas de la entidad superior.
Art. 7º órgano de coordinación
El consejo Directivo de PP.FF. Mantendrá relaciones de coordinación con la
directora.
La Dirección de la Institución brinda todas las facilidades con el asesoramiento
en todo aspecto para la buena marcha de la institución.
El Consejo Directivo de PP.FF. De la I. E. I. mantendrá relaciones de
coordinación con las autoridades de la comunidad para la buena marcha de la
Institución.
Las disposición señaladas serán de estricto cumplimiento, se lo aplicará las
sanciones.
Art. 8º-. Órgano de Asesoramiento
La Unidad de Gestión educativa Local de Andahuaylas y especialista de
Educación Inicial son responsables de asesorar a la Directora de la I.E.I.
Art. 9º. Órgano de apoyo Administrativo
La Directora es la única responsable en la administración documentaria y
financiera, prevé los recursos de la Institución.
Art.10.Organo Técnico Pedagógico
Promover en todo momento la realización de los fines, objetivos de la acción
Educativa.
Vincular y coordinar el plantel con otros centros cercanos y similares.
El programa curricular se desarrollará en forma integral en función al niño y
niña y de acuerdo a la realidad.
La actualización y preparación será en forma permanente, priorizando la
especialidad de educación Inicial.
CAPITULO IV
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Art.11º. Planeamiento Educativo.
El Plan Anual de Trabajo se plantea con la participación de APAFA y PP.FF. y es
obligatorio en su ejecución.
El período del año escolar está comprendido de marzo a diciembre.
Art.12º. Programa Curricular
La programación se realizará quincenal o mensual
los niños y niñas.
CAPITULO V
dependiendo del aprendizaje de
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Art.13º.Material educativo
En lo Pedagógico el auto e interaprendizaje docente.
Elaboración del material educativo.
La programación del calendario cívico está de acuerdo a la fecha más
significativas.
Art.14º.Duración del año Escolar
El año Escolar comprende 4 bimestres de marzo a diciembre.
Art.15º.Inventario Físico Valorado
Durante el año lectivo los bienes de la I.E.I están a disposición de la dirección del
plantel y al finalizar el año se transfiere al Consejo Directivo de PP.FF, bajo el libro de
Actas de la Institución y el inventario físico valorado se remite a la UGEL de
Andahuaylas.
Art.16º.Control del Personal
La Institución Educativa es de nivel Inicial y el control del personal se realizará por la
Directora.
Art.17.documentos Administrativos
Se encuentra archivado en la Institución Educativa.
CAPITULO VI
DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.
Art.18º. Jornada de trabajo de la directora al servicio del Estado en la IE. Es de 40
horas y de 30 horas para la docente.
Art.19º.Horario de la Institución es de:
Entrada:
8.00 am a 8:15 am
Salida:
1.00 pm
Horario para los Niños (as) es: Entrada de 8:15a.m 9:00 a.m.
Salida de 12.00a.m 12.30pm
Art.20º.Control de asistencia y permanencia de la Docente en el plantel es de
8.30am a 1:00pm.
Art.21. Inasistencia
Se considera inasistencia no justificada cuando la docente se falta sin dar a conocer
a la Directora de la I.E., en caso de unidocente, cuando no da a conocer al
presidente de Consejo Directivo de PP.FF.
Art.22º.De las tardanzas.
Tres tardanzas vienen a ser una falta.
Art. 23º De los permisos.
Los docentes tienen derecho a pedir permiso por las siguientes razones:
Por fallecimiento de padres, esposa e hijos.
Por salud.
Por razones del grado y otros.
Por onomástico.
El permiso se realizará por solicitud anticipada de 01 día, la misma será justificada
con documentos pertinentes.
Art.24º.Justificaciones
La inasistencia del personal docente solamente será justificada cuando presenta
constancia o certificado, caso contrario se informará a la UGEL sobre las
inasistencias.
Art.61.LCPM Licencia
a.-con goce de remuneraciones.
Por incapacidad temporal.
Por maternidad.
Por siniestros
Por fallecimiento de padres, cónyuge o hijos.
Por becas o para perfeccionamientos o especialización autorizadas por el
Ministerio de Educación, Direcciones Regionales y las UGELs.
Para realizar estudios o investigaciones autorizados por el MED, ó UGELs.
Por capacitaciones organizada y/o autorizadas por el MED, DRE, UGEL.
Por citación expresa, judicial, militar o policial.
Por desempeño de funciones públicas y/o cargos de confianza.
Por representación sindical.
Por enfermedad considerada profesional cuando se produce en acción directa de
trabajo o con ocasión de este.
b.-sin goce de remuneraciones.
Por motivos particulares distintos a los detallados.
Por capacitación no oficializada.
Por enfermedad grabe del padre, cónyuge e hijos.
Por desempeño de funciones públicas rentadas.
Art.26º.Vacaciones
El docente gozará de 2 meses de vacaciones cada fin de año y en el período de
descanso escolar de medio año, realizará los reajustes de la actividad educativa.
Art.26º.La Comisión de Servicios.
La Directora de la I.E tiene la finalidad y deber de salir comisionada a realizar
diferentes actividades en beneficio de la Institución Educativa.
La directora de la I.E y el consejo directivo trabajan en forma coordinada.
CAPITULO VII
MATRICULA, EVALUACION E INFORME DETALLADO DEL PROCESO DE LOS NIÑOS(AS)
Art.28. Proceso de matrícula, ratificación y traslado de matrícula.
Los requisitos mínimos para la matrícula son los siguientes:
La matrícula será de acuerdo a la edad, nacidos al 31 de marzo
La cédula de nacimiento o certificado de nacimiento y/o DNI de los niños(as)
que por primera vez se matriculan.
La ratificación de matrícula se efectuará solamente con presencia del padre o
apoderado de los niños(as).
Art.29.Tarjeta de información
La dirección de la IEI tiene la obligación de entregar certificado de estudios, informar
del proceso de los niños y niñas que pasan a la institución Educativa de Nivel
Primario con sus logros y dificultades cada fin de año.
De los niños y niñas de 03,04 y 05 años de edad se le entregará tarjetas o fichas
integrales y a sus padres dando recomendaciones sobre las dificultades para que
refuerces en el hogar.
CAPITULO VIII
DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y
SANCIONES DE LOS ACTORES DE LA EDUCACION
Art.30º.Derechos del Docente
Los docentes al servicio del estado tienen derecho a:
a. Realizar sus funciones en forma creativa dentro del marco de cada
organización jurisdiccional.
b. Gozar de vacaciones.
c. Gozar de licencia.
d. Respeto a los procedimientos administrativos legales en la aplicación de
sanciones.
e. Laborar en locales que brindan seguridad y salubridad, Art. 13 de la Ley del
Profesorado Nº 24029 y su modificatoria Nº25212.
f. Ser tratado con respeto, sin discriminación por parte de las autoridades
Jerarcas, PP.FF y educandos.
g. Utilizar los bienes de la IEI en labores pedagógicos.
Art.31ºDeberes
a. Desempeñar con eficacia, lealtad y dignidad su función educativa.
b. Orientar a los Educandos con respeto a su libertad, cooperación con sus
Padres y la dirección de la Institución.
c. Respetar los valores éticos de la comunidad y participar en su desarrollo
cultural, cívico patriótico.
d. Velar por el mantenimiento adecuado del local escolar, instalaciones y
equipamientos de los bienes de la institución, art. 14 de la Ley del Profesorado
Nº24029 y su modificatoria Nº25212.
e. Organizar y ambientar el Aula y elaborar el material educativo con apoyo de
los PP.FF.
Otros Deberes específicos:
a. Impartir la función educativa en sentido crítico, reflexivo, autodidáctico y
práctico.
b. Llevar al día los documentos administrativos.
c. Mantener una buena relación con el Consejo Directivo de PP.FF para
tener la coordinación constante y ejecutar las actividades que
beneficien a la Institución.
Art.32º.Prohibiciones
No discutir en presencia de sus hijos
El personal docente no debe abandonar a los educandos en horas de clase.
Art.33.Atribuciones de los Padres de Familia
La asociación de padres de familia ejerce las siguientes atribuciones:
Participar en el proceso educativo de sus hijos de sus asociados, buscados la
inclusión de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades.
Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la institución,
promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje.
Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que
utilizan los estudiantes.
Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario
escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos.
Gestionar la implementación de programas de apoyo alimentario; de salud
física y mental; de deportes, orientación vocacional y de otros servicios que
contribuyan al bienestar de los educandos.
Recibir información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de
la institución.
Denunciar, ante los órganos competentes las irregularidades que se
produzcan en las IE.
Participar a través de veedores, en los procesos de adquisición de vienes y
servicios que se realicen en las instituciones y en comités especiales que se
constituyan en los órganos intermedios de gestión descentralizada, en el
marco de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás
normas vigentes.
Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo
que logren un desempeño destacado en las instituciones educativas.
Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados.
Participar a través de sus representantes, en el consejo Educativo
Institucional.
Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los
órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos en la
Ley general de Educación.
Otras que establezca su reglamento:
A través de su representante del CONIE:
Participar en la formulación y ejecución del PEI, PAT, con excepción de los
aspectos técnico pedagógicos.
Participar en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia
del, personal docente y administrativo de la Institución Educativa, de
conformidad con las normas que emite el Ministerio de Educación y las
Instancias intermedias de gestión, en concordancia con los criterios y
procedimientos que establezca el Sistema Nacional de evaluación,
Acreditación y certificación de la Calidad Educativa.
Apoyar los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad
educativa previstos en la Ley general de Educación.
Participar en el proceso de autoevaluación de la IE.
Vigilar el acceso, la matrícula oportuna y la asistencia de los educandos en la
Institución.
Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad,
gratuita, equidad y calidad en las Instituciones educativas públicas.
Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución y de aquellos que,
de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de
los Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en
el Plan Anual de Trabajo.
Colaborar con el Director(a) para garantizar el cumplimiento de las horas
efectivas de clase, del número de semanas lectivas y de la jornada del
personal docente y administrativo.
Propiciar la solución de conflictos que se suscitan en el CONEI, priorizando
soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no implican delito.
Art.34º.Deberes de los Padres de Familia.
Los deberes de los padres de familia, tutores son los siguientes:
Educar a sus hijos, tutelados.
Contribuir a que en la institución educativa exista un ambiente adecuado que
beneficie el aprendizaje y permita la formación integral de los educandos.
Estar informados sobre el rendimiento académico y la conducta de sus hijos.
Apoyar la labor educativa de los docentes.
Colaborar y participar en las actividades educativas programadas por la
directora y la docente.
Cuidar y preservar los bienes de la institución educativa.
Cumplir con las obligaciones previstas en el estatuto de APAFA.
Denunciar, ante los órganos o autoridades competentes, a los integrantes de
los órganos de APAFA que incurran en irregularidades.
Colaborar con las actividades que realicen la institución educativa en función
del PEI.
Velar por que las instituciones brinden las facilidades indispensables que
requieran los estudiantes con discapacidad.
Velar por el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de los
estudiantes.
Otros que establezca el reglamento.
Art.35º.derechos de los Padres de familia
Los padres de familia, tutores y curanderos tienen derecho a:
Elegir la IE y participar en el proceso educativo de sus hijos.
Recibir información sobre los niveles de aprendizaje conducta de sus hijos.
Participar en la APAFA y en los órganos de concertación, participación y
vigilancia ciudadana previstos por la Ley general de Educación, conforme al
art.6 numeral 1, inciso I.
Recibir información de la gestión de la APAFA.
Elegir y ser elegidos en los cargos de los órganos de Gobierno participación y
de control de APAFA, de acuerdo al estatuto y al reglamento de elecciones.
Denunciar, ante los órganos competentes, las irregularidades encontradas en
la Institución Educativa.
Ser atendido en las Instituciones educativas por las autoridades, personal
administrativo y docente, en horarios de atención al público, sin afectar el
normal desarrollo de las actividades académicas.
Participar en la elaboración, gestión, implementación y seguimiento del
Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual del Trabajo, conforme a lo
establecido en el art.6 numeral 2, inciso a).
Planificar y desarrollar, con las instituciones educativas, campañas constantes
de información, capacitación y prevención, en defensa de los derechos del
niño y del adolescente.
Otros que establezcan el estatuto.
CAPITULO IX
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES Y
ESTIMULOS DE LOS EDUCANDOS
Art.36º.Derecho de los educandos.
a. Recibir una formación integral.
b. Recibir seguridad moral y afectiva.
c. Recibir tutoría que concierne al niño y niña.
Art.37º.Deberes de los educandos
a. Asistir puntualmente a la institución y asimilar los conocimientos impartidos y
cumplir las tareas encomendadas.
b. Practicar los hábitos de higiene personal tanto en la institución como en el
hogar.
c. Procurar y cuidar del mantenimiento y buen estado de la I.E.I.
d. Cuidar los muebles y materiales educativos
Art.38º.Faltas.
Inasistencia por cinco días consecutivos serán considerados con una multa y será
aplicado solamente para los niños y niñas de cinco años.
Art.39º.Estímulos.
Los niños y niñas serán estimulados con aplausos y premios cuando realicen
diferentes actividades.
CAPITULO X
DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES
Art.40º.El Ministerio de Educación directamente coordinará con DREA, UGEL-A,
luego realizarán con la dirección de la I.E.I para coordinar asuntos administrativos,
técnicos, pedagógicos y otros.
Art.41º.La dirección es la máxima autoridad de la institución, cualquier problema que
hay la Directora coordinará con el consejo directivo de padres de familia.
Art.42º.Con los Padres de Familia.
La relación con los Padres de Familia es permanente para tomar decisiones
de cualquier actividad en beneficio de la I.E.I.
Consejo de Padres de Familia es permanente para tomar decisiones de
cualquier actividad en beneficio de la IEI.
Art.43º.Con el gobierno local, gobierno regional e instituciones legales se coordinará
constantemente con la dirección para lograr los fines, objetivos planteados por los
mismos.
CAPITULO XI
DE LOS BIENES SOCIAL Y RECREACIÓN
Art.44º.Administración de los recursos naturales.
Art.45º.Administración de los recursos financieros:
Es cargo de la Directora y el concejo directivo de PP.FF, dar informe a la
UGEL del movimiento económico de la IEI.
Art.46º.La administración de la planta física será a cargo de la Directora, el consejo
directivo PP.FF y la comunidad.
CAPITULO XII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIOS Y TRANSITORIAS
Art.47º.Bajo la responsabilidad de la directora del plantel se cumplirá las normas
educativas.
Art.48º.El presente reglamento interno tendrá vigencia al día siguiente de su
aprobación hasta la fecha de la aprobación del Reglamento Interno del próximo año.